Skip to main content

Etiquetas ECO

etiquetas-eco

Las grandes ciudades limitarán la circulación de coches sin etiqueta en episodios de contaminación. Pero ¿qué sabe de ellas?

Durante meses, la Dirección General de Tráfico ha enviado las etiquetas medioambientales. Pero, si aún no la ha recibido tendrá que hacerse con una de ellas. Las tiene en las oficinas de Correos y también en talleres, gracias al acuerdo de la DGT con la Confederación Española de Talleres (CETRAA). La etiqueta cuesta 5 euros y para poder adquirirla hay que presentar el permiso de circulación del vehículo. Si no sabe qué etiqueta debe llevar su vehículo puede realizar la consulta en la página de la DGT.

ETIQUETAS MEDIOAMBIENTALES

Por un lado, están los vehículos que no tienen etiqueta medioambiental. Son los impulsados por gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a 2006. Estos son los vehículos que se verán más afectados por las restricciones de tráfico en escenarios de alta contaminación.

Por otro lado, están el resto de vehículos, que se clasifican en cuatro categorías:

Cero emisiones (distintivo azul):

Vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

ECO (distintivo mitad verde, mitad azul):

Vehículos híbridos enchufables con autonomía de menos de 40 km, híbridos no enchufables (HEV) y vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) y Gas Licuado del Petróleo (GLP).

C (distintivo Verde):

Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Será también para los vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como diésel, matriculados a partir de 2014.

B (distintivo Amarillo):

Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.

En cualquier caso, y al menos con la legislación vigente, no es obligatorio poner la etiqueta en el vehículo. Pero, los ayuntamientos tienen la potestad de limitar la circulación de los vehículos en determinadas zonas en función de su etiqueta, cuando se den ciertas condiciones de contaminación.

La DGT aconseja poner la etiqueta bien visible en la parte baja del lado derecho del parabrisas. Pero salvo que se vaya a entrar en una zona limitada para algunos tipos de vehículos, la etiqueta no es obligatoria.

Estos distintivos son válidos para toda España y serán vitales para poder acceder en el centro de las grandes ciudades que catalogan a los vehículos según su nivel de emisiones.

En el caso de Madrid, el pasado 8 de octubre entró en vigor la ordenanza de Movilidad Sostenible con la que se definen los protocolos por alta contaminación y el denominado Madrid Central, que arranca este mes de noviembre y que delimita el acceso motorizado a gran parte del centro de la ciudad.

Vía Mutua

Total visitas a la página: 503 - Visitas a la página hoy: 4