Skip to main content

Una pregunta que no se puede responder con un sí o con un no. ¿Es legal llevar una cámara en moto? No hay una normativa que lo especifique por lo que la respuesta es “depende”. En materia de seguridad vial depende del criterio del agente de tráfico y en materia de protección de datos, hay que cumplir lo que dice la ley sobre grabación en espacios públicos. Vamos a analizar cuándo es legal llevar una cámara en moto, si podemos acoplar una cámara en el casco y si se puede publicar lo que hemos grabado.

Para grabar en moto bien podemos utilizar nuestro propio teléfono móvil acoplado a un soporte, también podemos recurrir a una cámara deportiva tipo GoPro o similar

La moda de grabarlo todo, también en moto

En un mundo conectado como el que vivimos en la actualidad es difícil escapar de la ‘moda’ de grabarlo todo y también… de compartirlo en redes sociales. Las rutas en moto son blanco fácil para inmortalizarlas con una cámara. Y aquí surge la duda, ¿es legal grabar en moto?

En el caso de los coches, ya los hay que equipan una cámara integrada o ‘dash cam’ y en el caso de las motos se comercializan cascos con cámara integrada. Pero, ¿y si no tienes un casco homologado con cámara integrada?

Llevar una cámara en la moto o en el casco

Para grabar en moto bien podemos utilizar nuestro propio teléfono móvil acoplado a un soporte, también podemos recurrir a una cámara deportiva tipo GoPro o similar instalada en el manillar, retrovisor, en alguna otra zona de la moto o en el casco.

Y lo más novedoso, también hay disponible en el mercado cascos con cámara integrada e incluso scooters que también incluyen una cámara, como es el caso de los modelos SR4 Max y SR1 125 de la marca Voge o en la Ariic 318 (pincha en los enlaces para ver nuestras pruebas). ¡Llevan una cámara HD integrada!

¿Soporte para el móvil o una cámara GoPro en moto?

Es legal utilizar algún tipo de cámara instalada en alguna parte de la moto, que bien puede ser la del teléfono móvil, una GoPro u otra cámara deportiva. No hay una norma que lo prohíba, pero no puede suponer una distracción para el conductor ni puede reducir la visibilidad. En este caso se incumpliría la normativa de seguridad vial y sí podrías recibir una multa. Dependiendo del caso dependerá de cómo el agente de tráfico interprete la normativa.

Tampoco puedes manipular dicho dispositivo electrónico durante la circulación aunque esté en el soporte. Así lo especifica la última Ley de Tráfico y Seguridad Vial con una multa de 200 euros y la retirada de 6 puntos en el carnet de conducir.

¿Es legal llevar una cámara en el casco?

En cuanto a la instalación de una cámara en el casco, aquí ya podemos encontrarnos con problemas. Tampoco hay una normativa que especifique el uso de cámaras en el casco pero sí hay una norma de homologación que dice que es obligatorio el uso de un casco homologado por lo que añadir una cámara supone la modificación de dicha estructura y puede suponer un riesgo añadido en caso de sufrir una caída.

Hay que tener en cuenta que acoplar una cámara en el casco puede implicar que esa zona del casco no pueda cumplir con su cometido de protección. Además, siempre se puede soltar o mover, reduciendo la visibilidad del conductor o provocando un siniestro.

De hecho ya hay casos de multas por utilizar una cámara en el casco, recordamos por ejemplo el sonado caso de un motorista de Baleares. Por tanto, podemos concluir que el uso de una cámara en el casco podría estar multado a criterio del agente de tráfico según la normativa de homologación.

Para evitar problemas de seguridad o con la normativa, algunos fabricantes se han lanzado a desarrollar cascos con cámara integrada. Es el caso del casco Livall MC1 Pro, con cámara de alta resolución (32 horas), bluetooth, intercomunicador, sistema de alerta en caso de accidente y luces indicadoras Led. Incluso puede conectarse con la plataforma 3.0 de la DGT para recibir avisos y alertas.

En el mercado encontrarás varios modelos de cascos con cámara. Nuestra recomendación es que te asegures que están correctamente homologados según la norma ECE R22.06.

Recordamos que el uso incorrecto del casco supone una multa de 200 euros y 4 puntos menos en el carnet de conducir.

Grabar en moto y ley de protección de datos ¿qué tengo que saber?

En cuanto a la instalación de una cámara en el casco, aquí ya podemos encontrarnos con problemas. Tampoco hay una normativa que especifique el uso de cámaras en el casco pero sí hay una norma de homologación que dice que es obligatorio el uso de un casco homologado por lo que añadir una cámara supone la modificación de dicha estructura y puede suponer un riesgo añadido en caso de sufrir una caída.

Hay que tener en cuenta que acoplar una cámara en el casco puede implicar que esa zona del casco no pueda cumplir con su cometido de protección. Además, siempre se puede soltar o mover, reduciendo la visibilidad del conductor o provocando un siniestro.

De hecho ya hay casos de multas por utilizar una cámara en el casco, recordamos por ejemplo el sonado caso de un motorista de Baleares. Por tanto, podemos concluir que el uso de una cámara en el casco podría estar multado a criterio del agente de tráfico según la normativa de homologación.

¿Soy libre de grabar en moto en un sitio público? Y aquí hablamos de cuestiones serias que nos puede suponer multas de hasta 300.000 euros si alguien te denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) porque aparece su imagen, la matrícula de su coche, de su moto….

En este sentido la agencia es muy clara. La normativa de protección de datos no se aplica en los ficheros (grabaciones u otro material) de personas físicas “en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas”. Por lo que sí podríamos grabar los viajes siempre y cuando dicha grabación se muestre o almacene en un uso estrictamente personal.

Pero si las grabaciones se publican en internet o se difunden por redes sociales, ya no se cumpliría la finalidad doméstica y sí sería de aplicación la normativa de protección de datos personales. Por tanto, si en tu grabación aparecen terceras personas, otros vehículos, etc, lo que debes hacer es pixelar o eliminar cualquier rastro que los identifique.

¿Sirve la grabación como prueba en un accidente?

Debido a su situación de vulnerabilidad respecto a otro tipo de conductores, muchos motoristas deciden grabar sus trayectos en moto para poder justificar su no culpabilidad en caso de accidente. Existe jurisprudencia en este tema, por ejemplo de la Audiencia Provincial de Madrid que sí dio validez a las imágenes grabadas por una cámara a bordo. En cualquier caso, se aplica la regla del interés legítimo aunque en un juicio se tiene en cuenta el interés de las partes y las observaciones relativas a terceras personas que no estén involucradas en el siniestro y que no hayan dado su consentimiento de imagen.

En relación a este tema, las compañías aseguradoras sí están a favor de que sus asegurados les aporten cuanta más información mejor para saber cómo ocurrieron los hechos y, si es necesario, para justificar la culpabilidad de un siniestro.

Como puedes ver el tema de usar una cámara en moto es controvertido porque no hay una normativa que lo especifique con claridad y porque en este caso entra en juego la seguridad vial, la normativa de homologación de casco y la ley de protección de datos personales. En la última Ley de Tráfico los motoristas consiguieron una demanda reclamada desde hace tiempo: se legaliza el uso de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de conductores de moto y ciclomotor con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción. Ahora toca esperar que desde la DGT sean más claros en cuanto al uso de las cámaras en moto.

Artículo extraído de:
Motos.net