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Resumimos a continuación cuáles son los trámites a realizar para acogerse a la ayuda del Plan Moves III por la compra de un coche eléctrico o híbrido enchufable. Son trámites que realiza, por norma general, el concesionario, pero que en algunas CC.AA. puede hacer el particular.

El Plan Moves III de ayudas a la compra de vehículos eléctricos o electrificados se mantendrá en vigor hasta 2023.

La puesta en marcha del Plan Moves 3 ha contribuido a estimular la venta de vehículos eléctricos, al subvencionar con hasta 7.000 euros de descuento la compra de un vehículo nuevo eléctrico o electrificado. La cuantía es importante, y ya hay miles de usuarios, particulares y empresas, que se han adherido al plan. Si estáis planteándoos la prueba de un coche eléctrico.

¿Quién tiene derecho al Plan Moves III?

Cualquier particular o empresa puede acercarse a un concesionario y solicitar la ayuda formalmente, sin demora, una vez nos hemos decidido comprar un coche eléctrico o híbrido enchufable.

No obstante, sigue sin haber unanimidad a la hora de realizar los trámites, ya que dependiendo de en qué Comunidad Autónoma se realicen, debe hacerlos obligatoriamente el concesionario (sin coste alguno para el cliente) o bien el usuario por cuenta propia. Y en algunas de ellas sólo puede hacerse de forma telemática, a través de Internet, via online, sin posibilidad de presentar la documentación de forma presencial (algo que sí ofrecen como alternativa determinadas CC.AA).

A pesar de esta falta de consenso entre territorios, en realidad los trámites son exactamente los mismos independientemente de la Comunidad en la que residas. El Ministerio, con la coordinación del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), ha establecido unas pautas que deben seguirse para formalizar la subvención. Para pedir la ayuda del Moves 3 hay que seguir unos trámites no excesívamente complicados, pero que sí requieren dedicar un tiempo y tener unos mínimos conocimientos informáticos para realizarlos. Al hacerse, generalmente, de forma online, es necesario disponer de firma electrónica, para poder firmar los modelos de solicitud y subir documentos digitalizados.

Para que os hagáis una idea,os resumimos a continuación cuáles son los pasos básicos a seguir para tramitar el Moves III por cuenta propia, ya sea en el caso de un particular o profesional autónomo.

Fase 1: Solicitud de la ayuda

En primer lugar, como es lógico, es necesario formalizar compra del vehículo en un concesionario o punto de venta; como mínimo, solicitando un presupuesto con el importe de lo que nos va a costar vehículo. Esto ya nos permitirá confirmar que el modelo deseado se acoge al Plan Moves 3 (no solo por sus características, sino porque el importe no debe superar los 45.000 euros de base imponible) y podremos saber la cuantía de la ayuda que nos otorga el estado (consultándolo, por ejemplo, a través de la aplicación de AEDIVE (Asociación Empresarial para el Impulso y Desarrollo de la Movilidad Eléctrica).

Con el presupuesto o la hoja de pedido del coche ya se pueden hacer los trámites para solicitar la ayuda. Estos trámites puede hacerlos el propio comprador o, en determinadas Comunidades Autónomas, solo se permite que lo haga el concesionario. Se hacen, por norma general, de forma telemática, rellenando un documento online con los datos del cliente, los del propio concesionario y los datos básicos del vehículo.

En esta primera fase de la solicitud se suelen pedir los siguientes documentos (varía ligeramente dependiendo de la CC.AA):

-Copia del presupuesto o la hoja de pedido del vehículo

– Copia del NIF/DNI del solicitante de la ayuda

– En el caso de profesionales autónomos, certificado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.

– Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social

– Declaración responsable de que no se dispone de otras ayudas similares o bajo el régimen de minimis en los últimos 3 años.

-Certificado de empadronamiento en el que conste que la persona solicitante reside en la CC.AA. donde solicita la ayuda

– En el caso de que la persona solicitante tenga alguna discapacidad o pertenezca al sector del taxi o VTC, se solicita un certificado que acredite esa condición.

Vía online en la mayoría de las comunidades

Estos documentos se suben telemáticamente a través de la web que la administración autonómica pone a disposición de los usuarios para solicitar la subvención. En ocasiones es una web exclusiva (como en la Comunidad de Madrid, por ejemplo). En otras, es un apartado dentro del portal general dedicado a la carga de documentos y solicitudes de ayudas, para lo cual deberemos localizar la entrada del Moves III. El buscador del propio portal suele facilitar la tarea.

En esta primera fase, la solicitud y documentación aportada queda registrada en la base de datos del IDAE (Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía) que es el organismo competente para realizar la coordinación y el seguimiento del programa.

Fase 2: Solicitud de la documentación de la compraventa

Para efectuar los trámites de forma online es imprescindible disponer de firma electrónica.
Una vez notificado, pasamos a una segunda fase, en la que el Ministerio de Industria reclama:

– Copia de la factura de compraventa del vehículo. Esa factura debe ser posterior al 9 de abril de 2021 (fecha en la que se activó el Moves III) y debe constar en ella el descuento de como mínimo 1.000 euros que obligatoriamente debe hacer el concesionario.

-Documento justificativo del pago de esa factura.

-Copia de la ficha técnica del vehículo adquirido.

– Copia del Permiso de Circulación del vehículo adquirido o fotocopia del Permiso de Circulación provisional emitido por DGT.

– Número de cuenta bancaria para hacer el ingreso de la subvención.

¿Qué ocurre si hemos dado un vehículo para achatarrar?

Si se ha dado de baja un vehículo para achatarrar, también se deberá presentar:

-Certificado que acredite la baja del vehículo.

-Fotocopia del permiso de circulación del vehículo achatarrado

– Copia del impuesto de vehículos de tracción mecánica debidamente abonado, como mínimo, desde el año 2020.

¿Qué hacer en el caso de adquirir el coche mediante renting?

Si la adquisición del coche es a través de una empresa de renting, se pide el contrato de renting, en el que debe especificarse la duración (mínimo dos años).

En el caso de adquirir el coche mediante renting el destinatario de la ayuda sigue siendo el arrendatario, pero en realidad, el importe de la subvención lo cobra la empresa de renting. Lo que ocurre en este caso es que una vez la empresa de renting recibe el importe de la ayuda, aplica ese mismo importe a las cuotas que cobra al arrendatario, que se reducen.

Si la ayuda fuese superior a la suma de las cuotas que quedan por pagar, la empresa de renting deberá abonar al cliente el importe restante una vez finalice el contrato.

¿Cuánto tardan en dar las ayudas Moves III?

Entre la fase 1 (notificación de la solicitud a la administración) y la fase 2 (solicitud de documentos que justifiquen la compra del vehículo) suelen pasar semanas e incluso meses, como nos han comentado desde varios concesionarios a los que hemos consultado.

Lo mismo ocurre con el cobro de la ayuda, que suele tardar más de lo deseado; Y otro punto no menos importante: muchos usuarios no saben que posteriormente ese importe recibido deberá declararse en el Impuesto sobre la Renta, ya que tiene la consideración de ganancia patrimonial, y tributa.

Por lo tanto, antes de decidir acogerse a la ayuda del Plan Moves III debemos tener en cuenta todos estos aspectos, para no llevarnos sorpresas. En todo caso, aunque los trámites son engorrosos, pero no difíciles, y hay que esperar bastante para cobrar la subvención, vale la pena acogerse al Plan si tenemos en cuenta que el importe a recibir puede ser bastante elevado. Hasta 7.000 euros de descuento es un abono que hasta ahora no se había visto en el sector del automóvil, y que debería estimular la compra de este tipo de vehículos en teoría menos contaminantes (como mínimo menos contaminantes de forma directa).

Artículo extraído de:
Coches.net