La Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad sigue avanzando hacia su aprobación definitiva en el Senado tras recibir ayer el visto bueno del Congreso. La sorpresa de la nueva ley aprobada es que se elimina uno de sus puntos más polémicos: la supresión del margen de 20 km/h adicionales a la velocidad máxima para turismos y motocicletas en el momento de realizar un adelantamiento en una vía convencional.
La nueva Ley de Tráfico mantiene la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos
Según adelanta la agencia Efe, podría tratarse de un error al aprobarse la enmienda del diputado del BNG Néstor Rego por un voto de diferencia, un hecho que ha llamado la atención porque otros partidos también presentaron enmiendas pidiendo lo mismo aunque fueron rechazadas. Aunque el texto todavía debe pasar por el Senado, la realidad es que la nueva Ley de Tráfico mantiene el margen de 20 km/h para adelantar, una medida muy reclamada por diversos expertos por la mejora que supone en la seguridad en el momento de realizar un adelantamiento, una maniobra que hay que realizar intentando ocupar el menor tiempo el carril contrario.
Cambios en el carnet por puntos
Con la nueva ley, la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene como objetivo reducir la siniestralidad endureciendo las sanciones ante ciertas conductas. Algunas de las medidas que se aprobaron ayer son:
Llevar el teléfono móvil en la mano se castiga con 6 puntos menos en el carnet de conducir. Se mantiene el castigo por manipular el Smartphone aunque está ubicado en un soporte o sobre el asiento aunque la sanción aumenta de tres a seis puntos.
• No usar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil y el casco: se retirarán cuatro puntos en lugar de tres.
• Llevar en el vehículo sistemas de detección de radares o cinemómetros (aunque no se utilicen): se tipifica como infracción grave con una multa de 500 euros y tres puntos menos en el carnet de conducir. Actualmente sólo se castiga su uso durante la conducción.
• Casco obligatorio para patinetes y otros vehículos de movilidad personal (VMP).
• Alcoholímetro antiarranque: a partir del 6 de julio de 2022 será obligatorio para conductores profesionales tanto de mercancías como de pasajeros. Este sistema de control impide poner el motor en marcha si se supera el límite legal de alcohol en sangre.
Tras pasar el visto bueno del Congreso, la Ley sigue su trámite parlamentario. Su aprobación definitiva y entrada en vigor no están previstas a corto plazo.
Artículo extraído de:
Coches.net



